LEY 982 Bolivia
LEY DE 2 DE MARZO DE 1988
Nº 982
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Unico.- Apruébase el Convenio de Cooperación Técnica y Científica, suscrito entre las Repúblicas de Bolivia y Colombia en fecha 24 de junio de 1972, en sus cinco artículos.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 8 de febrero dde 1988.
Fdo. Ciro Humboldt Barrero, Walter Soriano Lea Plaza, Oscar Lazcano Henry, Alfredo Cuéllar Vargas, Fernando Kieffer G., Gonzalo Simbrón García.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y ocho años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutiérrez.
Fuente:Gaceta