LEY 897 Bolivia
LEY DE 10 DE NOVIEMBRE DE 1986
N° 897
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
ARTICULO 1º. – Declárase de prioridad e interés nacional la instalación de una refinería de zinc en el Departamento de Potosí.
ARTICULO 2º. – Se autoriza al Poder Ejecutivo, gestionar el financiamiento requerido para la ejecución del proyecto a que se refiere el artículo anterior.