LEY 642 Bolivia
LEY DE 3 DE OCTUBRE DE 1984
No. 642
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
ARTICULO 1o.- Créase el cantón TUNUPA en la provincia Carangas del Departamento de Oruro. Sus límites son al Norte con la comunidad Pampa-parca del cantón Huayllamarca, al Sud con el cantón Chuquichambi, al Este con la provincia Aroma del Departamento de La Paz, al Oeste con el Cantón Huayllamarca.
ARTICULO 2o.- De conformidad al artículo 6o del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1.95 , el Instituto Geográfico Militar, se hará cargo de la correspondiente delimitación.