LEY 628 Bolivia
No. 628
LEY DE 28 DE MAYO DE 1984
LIC. JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE DEL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
Por cuánto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- Declárase de prioridad nacional el estudio del proyecto de utilización múltiple del Bala, situado en el curso superior del río Beni.
ARTICULO SEGUNDO.- Créase el comité gestor de los estudios del Bala que funcionará en la ciudad de La Paz y tendrá como objetivo encaminar la realización de los estudios de prefactibilidad y factibilidad del proyecto Bala, tomando en cuenta los efectos económicos y sociales directos e indirectos en el área de influencia correspondiente.