LEY 1185 Bolivia
1185
LEY DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 1990
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el H. Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
ARTICULO UNICO.- Autorízase al Poder Ejecutivo, a gestionar con carácter de urgencia, financiamiento internacional para desarrollar los estudios de Factibilidad y Diseño Final del tramo Villa Tunari – San Ignacio de Moxos, correspondiente al Proyecto Vial Cochabamba – Trinidad.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de septiembre de mil novecientos noventa años.
H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional; H. Fernando Kieffer Guzmán, Presidente H. Cámara de Diputados; H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario; H. José Taboada Calderón de la Barca, Senador Secretario; H. Luis Morgan López Baspineiro, Diputado Secretario; H. Armando De la Parra Soria, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de septiembre de mil novecientos noventa años.
Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.- Enrique García Rodríguez, Ministro de Planeamiento y Coordinación.
Fuente:Gaceta